Mágicas Ruinas
crónicas del siglo pasado
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CENSURA EN CINE: CAMARAS RIGUROSAMENTE VIGILADAS ¿Qué se podrá filmar ahora? El interrogante arrincona a los realizadores argentinos. Para ellos, la flamante ley de Contralor Cinematográfico coarta sus posibilidades creativas. Las medidas tomadas contra el film “Ufa con el sexo” ofrecen una pauta inicial de las maniobras empleadas por censores “Me siento virtualmente en la colimba cultural”. La expresión pertenece al director Rodolfo Kuhn (Los jóvenes viejos, Pajarito Gómez, Turismo de Carretera), cuyo último film —Ufa con el sexo— fue inhibido para la exhibición por "atentar contra el estilo nacional de vida y las pautas culturales de la comunidad”, se objetó. Entrevistado en el Teatro Sha de Buenos Aires —donde dirige la obra del norteamericano Jules Feifer 2, 4, 6, 8 ... ¿A quién asesinamos?— Kuhn se manifestó perplejo: “Lo peor del caso es que 'Ufa con el sexo' no es un testimonio, sino una película dignamente comercial. Si se llegara a exhibir —cosa que no creo— la gente se preguntaría: ¿Esto es lo que prohibieron? El film de Kuhn fue aceptado sin cortes por el Consejo Nacional Honorario de Calificación Cinematográfica que —hasta que entre en vigor la nueva ley de censura y sea sustituido por el Ente de Calificación Cinematográfica— decide la calificación moral de las películas. Luego devolvió la película al Instituto Nacional de Cinematografía, que convocó a la Junta Asesora Honoraria (Enrique Alianelfi y Remo Quarnetti por la exhibición, Augusto Lorenzo por la distribución, Augusto César Vatteone y Arcenio L. Martínez por el INC y Nicolás Carreras por la producción) para clasificarla. El cuerpo decidió declarar al film incurso en el artículo 13 de la entonces vigente ley 17.741 y negarle clasificación, lo que equivale a prohibirla. “Caí en manos de una doble censura —se queja Kuhn—: el film costó 27 millones de pesos y fue prácticamente condenado a muerte, ya que tampoco puede exportarse legalmente. Este acto es coherente con toda la política cultural del país”. Según referencias de quienes la vieron en privado, 'Ufa con el sexo' cuenta la historia de una joven prostituta cuyas actividades son administradas por su madre. Un hombre se enamora de la chica y compra la exclusividad de sus servicios por dos años; en el curso del relato se insiste en remarcar que tanto la muchacha como la madre son muy católicas. La medida contra la última película de Kuhn tuvo amplias repercusiones en el ambiente cinematográfico, donde algunos estiman que únicamente cambiando ciertos diálogos y realizando algún trabajo de reedición podrá intentarse gestionar alguna forma de reconsiderar la medida prohibitiva. Otros, más escépticos, lo consideran un caso cerrado, teniendo en cuenta que entre las conjeturas que se barajan sobre el inopinado veredicto descalificatorio está cobrando fuerza la de que habría sido tácitamente motivado por el hecho de que su guión se basa en la obra literaria Hip... hip... Ufa, del escritor argentino Dalmiro Sáenz, premiada en 1967 en el concurso de Casa de las Américas, de La Habana. Lo cierto es que por vez primera en el país se prohíbe un film nacional, en momentos de entrar en vigencia la ley 18.019 (dictada por el Poder Ejecutivo el 24 de diciembre pasado). Este instrumento legal es la síntesis de toda la legislación anterior sobre libertad de expresión y su anulación es solicitada por la casi totalidad de las entidades afectadas por sus disposiciones. (Las asociaciones argentinas de actores, directores teatrales, directores cinematográficos, autores, artistas plásticos, escenógrafos y escritores reclamaron la derogación en un documento conjunto.) LIBERTAD... PERO POCA “Las veintinueve palabras iniciales del artículo primero de la nueva Ley de Contralor Cinematográfico parecen un sueño surgido de la imaginación fantasiosa de algún director o autor dominado por visiones paradisíacas” bromeó un realizador que prefiere permanecer en el anonimato: “No podrá restringirse en todo el ámbito del país, la libertad de expresión cinematográfica en cualquiera de sus manifestaciones y cualquiera sea el medio de exhibición que se utilice. . .". Las cincuenta y cuatro que le siguen son un brusco vuelco a la realidad: "... salvo cuando por razones educacionales o el resguardo de la moral pública, las buenas costumbres o la seguridad nacional así lo requieran, en cuyo caso el organismo de aplicación podrá disponer prohibiciones y cortes en las películas y colas que sean sometidas para su calificación en virtud de lo dispuesto por la presente ley”. El artículo segundo es más detallista: “Quedan prohibidas las escenas o películas en las que se incurra en las siguientes faltas: a) la justificación del adulterio y, en general, de cuanto atente contra el matrimonio y la familia; b) la justificación del aborto, la prostitución y las perversiones sexuales; c) la presentación de escenas lascivas o que repugnen a la moral y las buenas costumbres; d) la apología del delito; e) las que nieguen el deber de defender a la Patria y el derecho de sus autoridades a exigirlo y f) las que comprometan la seguridad nacional, afecten las relaciones con países amigos o lesionen instituciones fundamentales del Estado”. El artículo 13 de la nueva ley expresa: “Si la película o sus colas fueren calificadas como de «exhibición prohibida» no podrá proyectarse en público y así lo hará constar el certificado correspondiente. Pero la autoridad de aplicación podrá autorizar la exhibición en cine-clubes, salas especializadas o sesiones especiales, cuando los méritos científicos, técnicos o artísticos de la película lo hagan aconsejable. La reglamentación señalará las condiciones y procedimientos para pedir esta autorización”. En su conjunto, la ley 18.019 de Contralor Cinematográfico (que está en vigor desde el pasado 7 de febrero) constituye —según la opinión de la mayoría de los afectados — la culminación de un prolongado proceso de limitación de la libertad de expresión que comienza en 1929 con el primer intento orgánico en tal sentido, un proyecto del diputado nacional Leopoldo Bard (radical antipersonalista) rechazado por abrumadora mayoría. La iniciativa contemplaba la creación de comisiones especiales (con representación de funcionarios educacionales y padres de familia) encargadas de clasificar las películas en dos categorías — para menores de 15 años, de uno y otro sexo, o para mayores de esa edad— y de prohibir las que “dañasen en cualquier forma el orden público, la moral, las buenas costumbres o fuesen antipatrióticas, o presentasen escenas, hechos y argumentos atroces o repugnantes”. Aunque el proyecto no fue aprobado, es importante leer los fundamentos por su similitud con los actuales: “El cinematógrafo constituye un elemento fundamental para la cultura cuando se proyectan películas de carácter moral, científico y educativo, pero en su mayoría las exhibidas son inaptas aun para los mayores de edad: comedias sensuales con argumentos pornográficos, cuadros poco edificantes que no contribuyen siquiera en mínima parte a elevar el criterio moral de los espectadores. Libertades y licencias han sido copiadas entre nosotros trayéndolas del extranjero y en esta materia, las películas cinematográficas, con sus exhibiciones de desnudo, sus dramas pasionales y sus argumentos policíacos han sido un gran factor de degeneración y de delincuencia. No hay duda que la criminalidad precoz (14 a 16 años), tan frecuente, tiene una de sus causas ocasionales en el biógrafo”. ESLABONES PARA LA CENSURA Desde que el 17 de enero de 1934 el intendente municipal de Buenos Aires creara la primera comisión oficial de censura cinematográfica a nivel comunal, los proyectos y organismos surgidos con el fin de controlar los films se sucedieron en una gran variedad de formas y matices. El establecimiento de la comisión municipal de censura (con representantes de instituciones tan ajenas al cine como el Departamento Nacional de Higiene y la Asistencia Pública), que subsistió hasta 1951, alentó la creación de entidades similares en el interior del país, las que se limitaban a hacer suyo el dictamen de la Capital. Como éste era publicado en el Heraldo del Cinematografista, revista gremial difundida en toda América, se dio el caso de que muchas municipalidades de otros países adoptaran la calificación emanada de Buenos Aires, que en los hechos ampliaba así su jurisdicción mucho más allá de sus límites legales. Facultada para clasificar los films en “familiares, no aptos para menores de 16 años, científicos (para estudiantes, profesionales y mayores de edad) y no aptos para la exhibición”, la primera comisión argentina de censura no podía ordenar cortes, que fue lo que la practica convirtió en hábito. El Instituto Cinematográfico Argentino, creado en 1933, adquirió por un decreto del año 1936 la misión de “supervisar toda realización de empresas particulares que utilicen dependencias del Estado o soliciten su cooperación". Al año siguiente, un nuevo decreto extendió ese control a “todas las producciones argentinas que interpreten total o parcialmente asuntos relacionados con la historia, las instituciones o la defensa nacional”. En 1943 se crea la Subsecretaría de Informaciones y la Dirección de Cinematografía dependiente de ella y en febrero de 1944 se disuelve el Instituto Cinematográfico del Estado (nuevo nombre del creado en 1933). La firma de Juan Domingo Perón y Angel Borlenghi figura al pie del decreto que origina la primera comisión de censura de alcance nacional en 1951. El documento establece categóricamente que “la autorización de la exhibición pública y privada de espectáculos estará exclusivamente a cargo de la Comisión Nacional Calificadora, integrada por un representante del Ministerio del Interior, uno de la Subsecretaría de Informaciones y uno de la Municipalidad de Buenos Aires”. Recién en enero de 1957 el gobierno de Pedro Eugenio Aramburu restablece la vigencia del Instituto Nacional de Cinematografía, que pasa a depender del Ministerio de Educación, y anula el decreto que lo disolvía en la Subsecretaría de Informaciones. El decreto ley 62 dispone que respecto de la libertad de expresión cinematográfica rijan “las mismas normas relativas a la libertad de prensa”, y aclara que fuera de los casos en que, por razones educacionales, se impida el acceso a determinadas exhibiciones de menores de 18 años, “no podrán imponerse prohibiciones ni efectuarse cortes en las películas sino por resolución judicial dictada en proceso penal por juez competente". El artículo 22 del mismo decreto-ley advierte drásticamente que “el que de cualquier modo atentare contra la libertad de expresión cinematográfica, ejercitando censura o impidiendo la libre circulación y exhibición de una obra cinematográfica, será reprimido con prisión de uno a seis meses”. En los últimos días del interinato Guido (27 de septiembre de 1963) los sectores partidarios de la censura lograron con la sanción del decreto-ley 8205 una inesperada victoria. Tras los socorridos argumentos de “resguardo de la moral pública, defensa de las costumbres y del estilo de vida nacional", etcétera, el decreto disponía la creación del Consejo Nacional Honorario de Calificación Cinematográfica, dependiente del Poder Ejecutivo, encargado de disponer cortes o prohibiciones “cuando razones educacionales o el resguardo de la moral pública, las buenas costumbres o la seguridad nacional así lo aconsejen”. El nuevo ente censor se integraba con representantes del Ministerio de Educación, del Consejo Nacional de Educación, del Ministerio del Interior, del Consejo Nacional de Protección de Menores, del Instituto de la Familia, de la Liga de Madres de Familia, de la Liga de Padres de Familia, del Movimiento Familiar Cristiano, de la Obra de Protección al Joven, de las Obras Privadas de Asistencia al Menor, de la Asociación de Protección de la Infancia y del Ministerio de Defensa. Pero este decreto-ley, que rigió hasta entrar en vigor la nueva ley (18.019) —antes aludida— no constituyó la única censura. En mayo de 1968 el gobierno actual dictó la ley 17.741 que convierte al Instituto de Cinematografía en un ente autárquico dependiente de la Secretaría de Difusión y Turismo y lo faculta para designar una Junta Asesora Honoraria cuya misión no es calificar moralmente las películas argentinas sino establecer si por sus méritos les corresponde ser consideradas de categoría A (exhibición obligatoria) o B (exhibición optativa). Fue precisamente esta junta la que, al negar clasificación al film Ufa con el sexo decretó prácticamente su muerte comercial. EXTRATERRITORIALIDAD DE LA TIJERA A través de todas sus versiones la censura fue siempre un reducto casi inexpugnable de los sectores menos progresistas del quehacer cultural y logró una suerte de extraterritorialidad con muy pocas derrotas. Cuando se crea una comisión de control poco importa qué tipo de gobierno rige el país: será inevitablemente represiva. Ello ocurrió inclusive bajo el aparentemente impecable decreto 62 del gobierno de Aramburu y tuvo reciente expresión durante el II Festival Cinematográfico de Mar del Plata, presidido por el titular del Instituto Cinematográfico, coronel (R. E.) Adolfo Luis Ridruejo. En dicho certamen, Edipo Fey fue proyectada sin que la hubiera visto la Comisión de Censura, que amenazó a Ridruejo con iniciarle demanda judicial si no informaba “cómo y por qué” había ocurrido esa anomalía. La misma comisión exigió cinco cortes a la película danesa 'La gente se encuentra'. El productor no aceptó las mutilaciones, los miembros argentinos del Jurado Internacional renunciaron en pleno para expresar su solidaridad con el director danés y la dirección del Festival se vio obligada a pactar con la Comisión de Censura una salida salomónica: el film se exhibió sin cortes pero exclusivamente para el Jurado. Quizás teniendo en cuenta este antecedente la nueva ley exime de la calificación a las películas de festivales, que también podrán proyectarse “en las condiciones que establezca el Instituto”, en cine-clubes y salas especializadas. La omnipotencia de los censores se pone de manifiesto no sólo en la ambigüedad de los textos y la ingenuidad de declarar que “califican” las películas para asegurar la libertad de exhibición, sino también en su habilidad para sustraer la decisión final de todo otro tribunal que no sea la comisión misma, dejando sin posibilidad de apelación a los perjudicados, y en el modo silencioso, casi subrepticio, de operar. Dos ejemplos son el decreto que obtuvieron en las postrimerías del interinato Guido y el carácter sorpresivo de la sanción de la reciente ley, de cuya elaboración no se tenía el menor indicio en los sectores interesados. Por eso es que no puede sorprender que, en medio de situaciones conflictivas como la de Ufa con el sexo y cuando se pone en marcha una legislación de censura sumamente severa, un funcionario oficial —el secretario de Cultura de la Municipalidad de Buenos Aires doctor Alberto Obligado (49 años, abogado, profesor de Historia de la Cultura)— exprese conceptos relativamente amplios en lo que se refiere al control de la libertad de expresión: “La Municipalidad y el Estado —dijo a SIETE DIAS— tienen un poder de censura que surge de las leyes del país y del mismo Código Penal; en el ejercicio de ese poder hay que distinguir totalmente entre lo que es pornografía comercial —un negocio generalmente extranjero que nadie defiende— y lo que es obra literaria y artística. Lo primero puede estar sujeto a una comisión donde estén representados jueces que expresen el nivel mental medio de la población. En la censura de la obra de arte o literaria no hay en la comunidad grupos superiores a los mismos artistas. La censura no puede ejercerse por las comisiones de moralidad, que representan grupos incapacitados para la tarea. Nuestra vida cultural es rica y poderosa, tiene proyecciones continentales. La Argentina no puede darse el lujo de más injurias intelectuales”. Alberto Bousquet (68 años, autor de la primera ley de cine en 1930 y corredactor de la segunda en 1944, secretario de la primera entidad de productores de películas argentinas) no criticó la existencia de la Comisión de Censura; se limitó a manifestar sus temores acerca de su posible constitución: “Estoy realmente asustado; en cualquier momento se puede incluir al vigilante de la esquina. Hay sectores que son más papistas que el Papa; son los más peligrosos”. Bousquet fue quien en 1948 se atrevió a traer Manon, el famoso film francés de Jorge Clouzot. La comisión municipal lo prohibió terminantemente, pero la nacional —en franca disidencia con la anterior— resolvió autorizarla. Rodeado de un grupo de hábiles redactores publicitarios Bousquet se dedicó entonces a empapelar la ciudad de carteles, fotos y folletos, exhortando: “Vea películas prohibidas detrás del puente”. Avellaneda, Munro, Ciudadela y otras localidades del cinturón metropolitano conocieron llenos nunca vistos y fueron por unos meses la Meca de los aficionados al cine. Aunque reconoce la necesidad de limitar la publicidad cinematográfica (“Se nos fue la mano con el erotismo y la pornografía; se había desatado una feroz competencia entre los distribuidores”), Bousquet insiste en que la comisión de control “tendría que estar compuesta en un cincuenta por ciento por gente de cine y en el otro por lo que habitualmente se llama representantes de la cultura; salvo el secretario de Educación, el resto de los actuales censores nada tiene que ver con la cuestión". Y añade: “Es increíble que la comisión no incluya gente del ámbito cinematográfico; además, el terrible drama creado por la nueva ley es la total imposibilidad de una instancia superior; ya a nadie se podrá reclamar". LAS CONSECUENCIAS ECONOMICAS Un hombre de prolongada experiencia en el oficio, el director de la distribuidora Discina, Roberto Fonollosa (50 años, un hijo) analizó ante SIETE DIAS las consecuencias económicas de la nueva ley de contralor cinematográfico: “A partir de ahora será imposible concretar alguna compra en el extranjero si se trata de un film que tiene ingredientes eróticos o sexuales; me limitaré a adquirir lo que seguramente se exhibirá. Es la autocensura económica. Películas como Los amantes, Hiroshima mon amour y otras que yo traje a la Argentina, no se podrían presentar actualmente y son grandes obras del cine mundial. No obstante —y aquí la censura tiene razón de ser— hay películas que podrían definirse como erótico-sexuaIes-comerciales”. Héctor Grossi, crítico de cine de la revista Análisis, considera que con la nueva ley “se ha logrado implantar en la Argentina el dirigismo cinematográfico, tendiente a orientar en determinado sentido la voluntad del país mediante la prohibición de unas manifestaciones y la autorización de otras”. Y subraya: “En el artículo 24 se enuncia como recurso (único) ante el organismo censor que el director o productor del film pueden pedir una revisión del dictamen, pero es fácil darse cuenta de que dicha instancia acarreará los mismos resultados, ya que se apela al propio director general de la comisión; en síntesis, es un engaño. En cuanto a la experiencia anterior en la materia, Grossi se muestra pesimista: "Existían en la Argentina, y existen en otros países, todo tipo de restricciones, expresas o tácitas, pero la gravedad de la nueva ley consiste primordialmente en institucionalizar elementos que anteriormente se encontraban fluidos, latentes, y se podían negociar. A partir de ahora la situación es otra. El miedo y la autocensura ya ha tomado forma en los directores jóvenes. Muchos de ellos no saben qué hacer porque les resulta imposible detectar cuáles son las mentadas pautas de vida de la comunidad. Si el cine falla, falla un vehículo de primera magnitud para la evolución de la cultura. “El caso Ufa con el sexo, de Kuhn, representa para Grossi un elemento «piloto», que de alguna forma servirá para prever lo que sucederá en el futuro”. LA CAPITAL DE LOS CORTES Los amantes se encuentran, Carmen Baby, Barbarella, Ulises, Dos patrias para un bandido, Petulia, El valle de las muñecas. Yo, mujer, La violación, Onibaba, La muchacha de la motocicleta, La pasión de un hombre joven, Un Fausto moderno, son algunos de los más recientes estrenos que sufrieron mutilaciones de 3 a 15 minutos de duración. Los propietarios de los films, acuciados por sus compromisos económicos, suelen aceptar imposiciones de la censura y hasta, a veces, se adelantan a ella. Cuando no lo hacen se exponen a todo tipo de contratiempos. En 1964, luego de exhibirse durante dos semanas, fue secuestrado el film El silencio, de Ingmar Bergman, luego repuesto (previo corte de tres escenas). Al año siguiente ocho escenas de Adorado John —dirigida por otro sueco, Lindgren— sucumbieron bajo el filo de la honorable tijera y en febrero de 1966 el Consejo ordenó tres cortes a Matrimonio sueco, de Ake Flack. En junio del mismo año fue secuestrada la película Los amores de una rubia, del checoslovaco Milos Forman, repuesta con cortes en 1968. Otro caso en el que el Consejo ordenó oficialmente cortar un film fue el registrado a fines de 1967 con Persona (Bergman). Carente de desnudos y de imágenes eróticas, la obra osaba, sin embargo, presentar a Bibi Anderson relatando a Liv Ulman su más importante experiencia sexual, unos años antes, en una playa. Siete cortes en el cuarto acto subsanaron el atrevimiento. En gran cantidad de casos el público cinematográfico ignora totalmente el “tratamiento previo” de que han sido objeto los films que presencia. Los records más recientes en cuanto a mutilaciones mutuamente acordadas lo constituyen La estrella (estrenada en Buenos Aires con 11 minutos menos que el original). Playtime (que perdió 37 minutos) y Caminó del arco iris (que fue aligerado de 44 minutos, un tercio de su duración total). La respuesta ante las preguntas sobre estas diferencias horarias (fácilmente detectables comparando la duración local con la que establece la prensa europea y norteamericana) es que “las películas ya vienen cortadas desde el exterior”, algo difícilmente comprobable. Pero las consecuencias previsibles de la nueva ley de censura no sólo afectan al espectador en su derecho de acceso a todas las manifestaciones del séptimo arte, sino que inhiben a la fuente misma de la creación cinematográfica en la Argentina. José David Kohon sintetizó su alarma en un trabajo titulado Censura y protección: "Pienso que la forma más efectiva y peligrosa de censura es la que corta las posibilidades de filmar, simplemente. En ese sentido se produce, en este momento, una situación curiosa: casi todo el cine argentino está censurado". Revista Siete Días Ilustrados 3.3.69 |
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